La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que la Secretaría de Comercio simplificó la información que deben contener las piezas publicitarias para así proporcionar a los consumidores la información necesaria y optimizar recursos de los anunciantes y medios. Se decidió modificar la información para realizar publicidades y proporcionar información relevante de manera eficaz a los consumidores y optimizar recursos a los anunciantes y los medios. Con este cambio, se incorpora la posibilidad de que parte de la información ahora se pueda publicar en una web: por ejemplo, el alcance geográfico de la promoción y las condiciones de la participación.
Todas las publicidades de bienes o servicios deberán cumplir con los requisitos de no contener inexactitudes u ocultamientos. Además, las leyendas o advertencias establecidas como obligatorias por leyes nacionales o provinciales y sus reglamentaciones deberán ser incluidas en la publicidad. La información requerida para las publicidades, relativa a las características esenciales de los bienes y servicios que se publicitan y las condiciones de su comercialización, podrán ser proporcionadas a los consumidores través de una página web o línea telefónica gratuita.
La información referida al sitio de Internet será brindada a través de la siguiente frase: ‘Para más información consulte en…‘; la mención a la línea telefónica será: ‘Para más información comuníquese gratuitamente al teléfono…‘.
Reportado por: OCE Buenos Aires