Incentivos

Nos encargamos de brindar la mejor asesoría técnica y personalizada al empresario potencial inversionista, por lo que preparamos un Kit del inversionista con información de utilidad.

Incentivos

0% Impuesto a la Renta

Impulsando el crecimiento del sector productivo del país

  • Durante 3 años para nuevas microempresas que inicien su actividad económica a partir de diciembre 30 de 2017, contados desde el primero que generen ingresos operacionales.
  • 5 años para las entidades resultantes de procesos de fusión entre entidades del sector financiero popular y solidario que no se encuentren dentro de los dos últimos segmentos de cooperativas (hasta 5 millones en activos), contados desde el primer año en que se produzca la fusión.
  • Toda persona natural o sociedad residente en el Ecuador que obtenga rentas en el exterior, que han sido sometidas a imposición en otro estado no estarán sometidas a imposición.

0% impuesto a la salida
de Divisas

Para dividendos.
  Pagos por operaciones de créditos por instituciones financieras y no financieras internacionales.
Los exportadores habituales tienen derecho a la devolución del ISD en la importación de materias primas, insumos y bienes de capital para ser incorporados en procesos productivos de bienes exportables, de acuerdo al listado del COMEXI.

0% impuesto al valor agregado

  • Vehículos eléctricos
  • Baterías, cargadores para vehículos híbridos y eléctricos
  • Materias primas e insumos para el sector agropecuario, acuícola y pesquero
  • Maquinarias, partes, piezas de uso agrícola, acuícola y pesquero
  • Paneles solares y plantas para el tratamiento de aguas residuales
  • Barcos pesqueros de construcción nueva de astillero
  • Servicio de construcción de vivienda de interés social en proyectos de MIDUVI
  • Arriendo de tierras para uso agrícola
  • Seguros de desgravamen en créditos en diferentes segmentos y los servicios de medicina prepagada

Incentivos ambientales

Deducibles con el 100% adicional la depreciación y amortización que correspondan a la adquisición de activos eco-eficientes destinadas a la implementación de mecanismos de producción más limpia, a mecanismos de generación de energía de fuente renovable o a la reducción del impacto ambiental de la actividad productiva, y a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

Incentivos Zonas Deprimidas

Para el cálculo del Impuesto a la Renta deducción adicional del 100% por costos por sueldos, salarios, y beneficios sociales por generación de nuevo empleo en Zonas Deprimidas por 5 años.

Nuevas inversiones productivas que inicien a partir del 21 de agosto de 2018:

Para sociedades constituidas previo a la vigencia de esta norma, la exoneración
aplicará de manera proporcional al valor de las nuevas inversiones productivas.

Ubicado fuera de Quito y Guayaquil

Exoneración del impuesto a la renta y su anticipo por 12 años

Ubicado dentro de Quito y Guayaquil

Exoneración del impuesto a la renta y su anticipo por 8 años

Ubicado dentro de cantones de frontera

Sectores priorizados industrial, agroindustrial y agroasociativo: Exoneración del impuesto a la renta y su anticipo por 15 años

Libertad para Invertir

Libertad de invertir sin condiciones o autorizaciónes de
ninguna naturaleza

Contratos de Inversión

  • Estabilidad jurídica.
  • Plazo de hasta 15 años, renovable por el período inicial aprobado
  • Firma de contrato de inversión opcional.

Exoneración del Impuesto a la salida de divisas

  • Por importación de bienes de capital y materias primas
  • Por dividendos distribuidos por sociedad nacionales o extranjeras domiciliadas en el Ecuador, a favor de beneficiarios residentes en el Ecuador o en el exterior

Incentivos específicos
para ZEDEs

Las ZEDE son destinos aduaneros, y deberán estar instaladas en áreas geográficas delimitadas del territorio nacional para que se asienten nuevas inversiones, con incentivos tributarios, simplificación de procesos aduaneros y facilidades para realizar encadenamientos productivos en cumplimiento de lo establecido en la Ley.

Actualmente Ecuador cuenta con 5 Zonas Especiales de Desarrollo Económico: Yachay, Eloy Alfaro, Zede Litoral, Posorja, Quito.

La exoneración del ISD por concepto de importaciones de bienes y servicios relacionados con su actividad autorizada y para las operaciones de financiamiento externo.

Crédito tributario en el IVA pagado en la compra de materias primas, insumos y servicios provenientes del territorio nacional que se incorporen al proceso productivo.

Tarifa 0% de IVA en importación de bienes destinados exclusivamente a la zona autorizada o incorporados en algunos de los procesos de transformación productiva allí desarrollados.

Exención del pago de aranceles de las mercancías extranjeras que ingresen a dichas zonas para el cumplimiento de los procesos autorizados.

Exoneración del pago del impuesto a la renta y su anticipo por los primeros 10 años, contados a partir del primer ejercicio fiscal en el que se generen ingresos operacionales.

Reducción adicional de 10 puntos porcentuales en la Tarifa de impuesto a la renta, por el plazo de 10 años a partir de la finalización del periodo de exoneración total de este impuesto

Micro, pequeñas y medianas empresas

Deducción adicional de hasta el 10% del Impuesto a la Renta respecto al valor en la adquisición de bienes o servicios a organizaciones de la economía popular y solidaria que sean microempresas.

Los MIPYMES, por 5 años, tendrán derecho a la deducción del 100% adicional de los gastos relacionados con los siguientes rubros: capacitación, mejora de productividad y desarrollo empresarial y promoción

Industrias Básicas

Exoneración del Impuesto a la Renta y su anticipo por 15 años, para nuevas inversiones productivas que se inicien a partir del 21 de agosto de 2018, a partir del primer año en que se generen ingresos atribuibles a la nueva inversión.

Si la inversión se realiza en cantones fronterizos, la exoneración del Impuesto a la Renta podrá ser extendido por 5 años más.

Incentivos para
Turismo

  • Autorización de Zonas Especiales de Desarrollo Económico para el desarrollo de proyectos turísticos
  • Exoneración de Impuesto a la renta por 20 años para emprendimientos turísticos de micro, pequeñas y medianas empresas, de turismo comunitario y asociativo
  • Podrán ingresar al país mercancías con suspensión total o parcial del pago de derechos e impuestos a la importación y recargo, para ser reexportadas
  • Exoneración del Impuesto a la Renta por 20 años para el sector de turismo cuando realicen inversiones nuevas y productivas que se ejecuten en los siguientes 5 años a partir del 21 de agosto de 2018 en las provincias de Manabí y Esmeraldas, a partir del primer año en que se generen ingresos atribuibles a la nueva inversión
  • Fondo Nacional de gestión turística para financiamiento de planes y proyectos orientados a facilidades turísticas, mantenimiento y promoción turística.
  • Devolución de ISD pagado por comisiones en servicios de turismo receptivo

Incentivos específicos para alianzas público-privadas

Libertad de invertir sin condiciones o autorizaciónes de
ninguna naturaleza

  • Exoneración de 10 años en el Impuesto a la Renta sobre los dividendos o utilidades generados en proyectos públicos en APP; así como la deducibilidad de gasto de los pagos originados en financiamiento externo a instituciones financieras del exterior o a entidades no financieras.
  • Exoneración del impuesto a la salida de Divisas (5%) sobre importaciones financiamiento y pagos de dividendos
  • Exoneración de aranceles en importaciones relacionadas al proyecto
  • Exoneración del IVA en importaciones relacionadas al proyecto
  • Arbitraje nacional o internacional para resolver disputas generadas a través de contrato de inversión.
  • Estabilidad sobre los aspectos esenciales del desarrollo de la inversión e incentivos aplicables.
  • Estabilidad jurídica en la normativa sectorial específica, por un plazo igual a la vigencia del contrato.
https://youtube.com/watch?v=TSni0saarpI

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